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Nuevo Plan Estatal de Vivienda 2018-2021

on 23 octubre, 2018
 house-22527_960_720-1El nuevo Plan Estatal de Vivienda para el periodo 2018-2021 con dos grandes vías de actuación: ayudas al alquiler y a la compra de vivienda. Cada una de ellas tiene características diferentes, aunque algunos requisitos como el del umbral de la renta se mantiene en todos los casos, salvo excepciones. Estos son los requisitos que hay que cumplir para poder acceder a las ayudas del Estado a la vivienda.
El nuevo Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 contempla que el Estado pagará el 50% del alquiler de la vivienda a menores de 35 años y a mayores de 65 a partir de enero del próximo año. Además contempla hasta 10.800 euros para ayudar a los jóvenes a adquirir una vivienda.

Fomento espera iniciar la tramitación del real decreto el próximo 1 de junio, para que el plan entre en vigor el 1 de enero de 2018. Además, las ayudas de hasta 10.800 euros para ayudar a los jóvenes a adquirir una vivienda tendrán un límite del 20 % del precio de adquisición y se podrán beneficiar jóvenes de hasta 35 años.

El plan contempla también que el Estado y las autonomías asuman el pago de entre 150 y 400 euros de alquiler a personas desahuciadas o colectivos vulnerables, con una aportación del 80% del Ministerio y del 20 % de las administraciones autonómicas.

El plazo de estas ayudas será de dos años, que son «perfectamente» prorrogables a otros dos más si así lo determinan los criterios de los servicios sociales de la comunidad autónoma o del ayuntamiento.

Otra de las novedades del plan es el incremento de 600 a 900 euros (en casos justificados) del importe máximo de las ayudas para alquileres o la introducción de mecanismos que faciliten la concesión de préstamos por las entidades financieras a la rehabilitación, regeneración y renovación urbana o rural, entre otras medidas.

Destinatarios: Los requisitos para conseguir estas subvenciones y conseguir así que el Estado pague el 50% del alquiler de la vivienda son los siguientes:

Tener ingresos o pensión inferiores a 1.597,53 euros mensuales, es decir, tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples

Ser menor de 35 o mayor de 65 años

Inicio de la actividad: Inicio de la inscripción: 10/03/2018
Finalización de la actividad: Fin de la inscripción: 31/12/2021

Límite de ingresos anuales

El límite de ingresos es el mismo para todos los tipos de ayuda, ya sean subenciones a la compra o al alquiler. Solo hay excepciones para los casos de familia numerosa y personas con discapacidad, como veremos más adelante. Para el resto, el máximo de ingresos anuales de los beneficiarios está fijado en 22.558,77 euros, es decir, tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), por «unidad familiar» o «unidad de convivencia». Los solicitantes tampoco podrán ser propietarios de otra vivienda
Descripción Facilitar el acceso y la permanencia en una vivienda en régimen de alquiler a sectores de población con escasos medios económicos
Beneficiarios Inquilinos
Requisitos Vivienda habitual y permanente

Límite de ingresos:

  • 3 IPREM
  • 4 IPREM: familia numerosa general y personas con discapacidad
  • 5 IPREM: familia numerosa especial y personas con determinados grados de discapacidad.

Límite de la renta al alquiler:

  • Con carácter general 600 euros/mes
  • 900 euros/mes en determinados ámbitos a definir por las comunidades autónomas.
Cuantía de la ayuda
  • Con carácter general: hasta el 40% de la renta mensual
  • Mayores de 65 años: hasta el 50% de la renta mensual
  • Ayuda hasta el 30% del alquiler en el tramo comprendido entre 601 y 900 euros en determinados ámbitos a definir por las comunidades autónomas

Más información en los siguientes enlaces:

https://www.fomento.gob.es/vivienda

https://www.fomento.gob.es/arquitectura-vivienda-y-suelo/programas-de-ayudas-a-la-vivienda

http://www.gva.es/va/inicio/ciudadanos/ciu_areas_tematicas/ciu_at_vivienda_y_urbanismo


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