El nuevo Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 contempla que el Estado pagará el 50% del alquiler de la vivienda a menores de 35 años y a mayores de 65 a partir de enero del próximo año. Además contempla hasta 10.800 euros para ayudar a los jóvenes a adquirir una vivienda.
Fomento espera iniciar la tramitación del real decreto el próximo 1 de junio, para que el plan entre en vigor el 1 de enero de 2018. Además, las ayudas de hasta 10.800 euros para ayudar a los jóvenes a adquirir una vivienda tendrán un límite del 20 % del precio de adquisición y se podrán beneficiar jóvenes de hasta 35 años. El plan contempla también que el Estado y las autonomías asuman el pago de entre 150 y 400 euros de alquiler a personas desahuciadas o colectivos vulnerables, con una aportación del 80% del Ministerio y del 20 % de las administraciones autonómicas. El plazo de estas ayudas será de dos años, que son «perfectamente» prorrogables a otros dos más si así lo determinan los criterios de los servicios sociales de la comunidad autónoma o del ayuntamiento. Otra de las novedades del plan es el incremento de 600 a 900 euros (en casos justificados) del importe máximo de las ayudas para alquileres o la introducción de mecanismos que faciliten la concesión de préstamos por las entidades financieras a la rehabilitación, regeneración y renovación urbana o rural, entre otras medidas. |
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Destinatarios: | Los requisitos para conseguir estas subvenciones y conseguir así que el Estado pague el 50% del alquiler de la vivienda son los siguientes:
Tener ingresos o pensión inferiores a 1.597,53 euros mensuales, es decir, tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples Ser menor de 35 o mayor de 65 años |
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Inicio de la actividad: | Inicio de la inscripción: | 10/03/2018 | |
Finalización de la actividad: | Fin de la inscripción: | 31/12/2021 |
Límite de ingresos anuales
Descripción | Facilitar el acceso y la permanencia en una vivienda en régimen de alquiler a sectores de población con escasos medios económicos |
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Beneficiarios | Inquilinos |
Requisitos | Vivienda habitual y permanente
Límite de ingresos:
Límite de la renta al alquiler:
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Cuantía de la ayuda |
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Más información en los siguientes enlaces:
https://www.fomento.gob.es/vivienda
https://www.fomento.gob.es/arquitectura-vivienda-y-suelo/programas-de-ayudas-a-la-vivienda
http://www.gva.es/va/inicio/ciudadanos/ciu_areas_tematicas/ciu_at_vivienda_y_urbanismo
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