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Nuevas Medidas para las Hipotecas

on 4 febrero, 2018

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Algunas de las modificaciones más importantes en la nueva Ley de Hipotecas, contempla los siguientes cambios:

1. Los trabajadores de los bancos no tendrán incentivos supeditados a la firma de hipotecas. Así se eliminará la presión de éstos sobre los clientes.

2. Se prohiben los ventas  que obligan al consumidor a aceptar una serie de productos financieros como condición para obtener la hipoteca, como seguros de hogar, de vida, etc Sí que está permitido que la entidad ofrezca al cliente la posibilidad de contratar algún producto  a cambio de ofrecerle una mejora en las condiciones del préstamo pero siempre opcional, sin obligar al cliente a contratar productos que no quiera.

3. La nueva directiva contempla la posibilidad de que el consumidor pueda solicitar en cualquier momento de la vida del préstamo la conversión -en euros o en la divisa en la que percibe la mayoría de los ingresos-, del crédito en moneda extranjera, y como tal se traslada a la normativa española.

4. Las comisiones por cancelación anticipada están limitadas sólo de aplicación en las nuevas hipotecas firmadas. Con la nueva ley, la cancelación parcial o total estará sujeta a una penalización .

En el caso de las hipotecas variables, el límite es del 0,5% en los primeros 3 años y del 0,25% hasta el quinto año. A partir de entonces, la cancelación no tendrá comisión.

En el caso de las hipotecas fijas, la penalización es del 4% en los primeros 10 años, porcentaje que se reduce al 3% a partir de entonces.

5. El futuro hipotecado podrá GRATUITAMENTE visitar al notario y elegirlo libremente, antes de firmar el préstamo para que le resuelva todas las dudas que pueda tener. El nuevo propietario de la vivienda podrá elegir el notario que desee y tendrá un plazo de siete días antes de la firma del contrato.

6. La normativa también establece un límite al interés de demora, que a partir de la entrada en vigor de la normativa no podrá superar el 9%. El interés de demora es el Interés adicional que se cobra sobre las cuotas impagadas de un préstamo. Se calcula en función de los días de retraso en el pago, son pactados a priori por la entidad financiera y el cliente.

7. Se facilita la conversión de hipotecas variables a fijas.

8. Se crea un modelo tipo de hipoteca. La ley contempla la creación de un modelo de hipoteca que sea muy sencillo, para que cualquier persona, incluso las que no tienen nociones de finanzas o el mercado hipotecario, puedan entender el contrato. Este modelo de contrato estará regulado por Real Decreto y podrá usarse si las partes (banco-cliente) así lo acuerdan.

9. Se endurece la cláusula de vencimiento anticipado para el banco. Hasta ahora, un banco podía dar por vencido el préstamo antes del plazo acordado si el deudor incumplía su obligación de pago con el simple impago de tres mensualidades. Con la nueva normativa, que afectará a las hipotecas nuevas y vigentes (excepto a las que estén inmersas en un litigio, amplía  los límites y las condiciones para que una hipoteca sea cancelada por el banco.

 

 

 

 

 


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