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Bonificación por sistemas de aprovechamiento de la energía solar, en el IBI

on 24 mayo, 2016
Descripción

Obtener una bonificación del 50 por cien en la cuota íntegra del Impuesto sobre Bienes Inmuebles las edificaciones cuyo uso catastral sea predominantemente residencial en las que se haya instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol, durante los tres períodos impositivos siguientes al de la finalización de su instalación.

¿Quién lo puede solicitar?

Titulares de inmuebles

Requisitos
  • Los sistemas de aprovechamiento térmico instalados deben disponer de una superficie mínima de captación solar útil o área de apertura de 4 metros cuadrados por cada 100 metros cuadrados de superficie construida o en los sistemas para el aprovechamiento eléctrico una potencia mínima de 5 kw por casa 100 metros cuadrados de superficie construida.
  • Las instalaciones para la producción de calor deben incluir colectores que dispongan de la correspondiente homologación por la Administración competente.
Cuándo solicitarlo

En cualquier momento anterior a la terminación del correspondiente periodo de duración de la misma y surtirá efectos desde el período impositivo siguiente a aquel en que se solicite. No tendrá carácter retroactivo.

Documentación a presentar

Para realizar el trámite presencialmente/vía telemática:

En las Oficinas de Gestión Tributaria Integral:

  • Documento de identidad del obligado al pago.
  • En caso de representante o autorizado, la escritura de poderes o autorización firmada por autorizante y autorizado, la copia del documento de identidad del obligado al pago y el documento de identidad y domicilio de comunicación del representante o autorizado.
  • Documento que identifique el inmueble para el que se solicita la bonificación y su referencia catastral.
  • Proyecto técnico o memoria técnica
  • Certificado de montaje diligenciado por el organismo autorizado
  • Certificado de instalación debidamente diligenciado por el organismo autorizado..
  • Licencia urbanística de obras o autorización municipal equivalente.
  • Certificado final de obras.
  • Factura o certificado del coste de la instalación

En caso de presentación de la solicitud en un Registro Municipal:

Se requiere instancia general acompañada de originales y fotocopias de la documentación detallada en el apartado de presentación en las Oficinas de Gestión Tributaria Integral.

Actuaciones a realizar por el solicitante
  • Solicitud formulada presencialmente en cualquier Oficina de Gestión Tributaria Integral.
  • Solicitud del interesado presentada mediante instancia en los Registros Municipales.
Información Complementaria

No se concederá la bonificación cuando la instalación de los sistemas de aprovechamiento de energía solar sean obligatorios a tenor de la normativa específica de la materia.

Recursos
  • Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
  • Reclamación Económico-Administrativa

Realizar la solicitud en línea con firma digital

Si dispone de certificado digital de la Generalitat Valenciana o DNI electrónico puede realizar el trámite en línea pulsando el botón Iniciar trámite situado al inicio de esta página, adjuntando aquellos documentos que se indiquen en este Catálogo de Trámites.

Impresos
http://www.valencia.es/twav/impresos.nsf/vImpresosCodigo/0009/$FILE/31.10-012_Inst%C3%A0ncia%20general%20R_15.pdf
Legislación

Artículo 74.5. del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo de 2/2004, de 5 de marzo.

Dónde dirigirse

Usted puede realizar la gestión directamente en cualquiera de las Oficinas de Gestión Tributaria Integral del Ayuntamiento de Valencia.

Si desea más información, puede llamar al teléfono de Atención de Gestión Tributaria Integral, 96.389.50.79, o enviar un correo electrónico a ayuntamientovalencia_gti@valencia.es

Oficinas de Gestión e Información Tributaria

Oficinas de información
      • OFICINA DE GESTIÓN TRIBUTARIA INTEGRAL – CENTRAL

Edificio Casa Consistorial entrada por C/ Sangre

      Telefono: 96.389.50.79 Ext:7279.
      De lunes a viernes, de 8:30 a 14:00 horas.
        ayuntamientovalencia_gti@valencia.es.

      • OFICINA DE GESTIÓN TRIBUTARIA INTEGRAL – TABACALERA

Amadeo de Saboya, 11

      Telefono: 96.352.54.78 – Exts: 1997, 1987, 1996, 1986.
      De 8:30 a 14:00 de lunes a viernes
      ayuntamientovalencia_gti@valencia.es.

3 Responses to “Bonificación por sistemas de aprovechamiento de la energía solar, en el IBI”

  1. Gracias por la información publicada, me solucionó dudas que tenía en relación a este tema para la comunidad de vecinos.

  2. Tenéis un blog interesante, enhorabuena por compartir contenido interesante. Os estamos siguiendo

    • admin dice:

      Me alegro mucho que os resulten interesantes los contenidos, intentamos tratar temas de interés comunitario. Gracias por vuestro interés y seguimos en contacto. Saludos

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