Los administradores colegiados por su experiencia en la administración de fincas y en otros sectores, conciben los espacios comunes de una comunidad (trasteros, corrales, zaguanes, espacios anexos, locales, terrazas, jardines, etc…) como oportunidades para poner en práctica pequeños proyectos que pueden aportar un valor añadido a la comunidad.
Para poder abordar y reducir los gastos de una comunidad de propietarios, hay vías como la publicidad, rótulos, luminosos o carteles etc… Si el edificio es muy visible, alto o dispone de una fachada sin uso, alquilar ese espacio para un anuncio publicitario puede ofrecer a la comunidad ingresos extras para ayudar a cubrir los gastos, de esta manera el desembolso por parte de los propietarios mensual, semestral o anual sería menor o nulo.
Pero para proceder hay unas normas y un proceso específico que cumplir. Según el artículo 17.1 de la Ley de Propiedad Horizontal, para poder colocar un anuncio publicitario en una fachada de cualquier comunidad de propietarios, es necesario el voto favorable en Junta de las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación.
La vivienda de portería, trasteros, corrales, viviendas vacías, etc, bien gestionados, también pueden convertirse en un ingreso para la comunidad. Pueden destinarse, mediante sistemas de intercambio, por la prestación de algún servicio necesario para la comunidad, siempre y cuando el proyecto fuera viable.
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