Debido a la entrada en vigor del Real Decreto 235/2013 se establece la Obligación de disponer de un Certificado de Eficiencia Energética para los inmuebles arrendados y los susceptibles de ser vendidos.
Este certificado es un estudio que debe realizar un técnico competente en el cual vendrá reflejado , en una escala de la A(mayor eficiencia energética) a la G(menor eficiencia energética), la eficacia de la vivienda respecto a las instalaciones de climatización, ventilación, calentamiento de agua e iluminación , entre otras.
Este documento es informativo, tendrá una validez de 10 años y no obliga a realizar las mejoras que en él se recomienden, pero sí es obligación del arrendador/vendedor mostrar la etiqueta energética durante la promoción de alquiler/venta del inmueble, así como entregar este certificado junto al contrato de arrendamiento o de venta.
El incumplimiento puede derivar en inspecciones de la Administraciónautonómica competente, en reclamaciones del comprador o inquilino y sanciones por Infracción a los Derechos de los Consumidores.
Ya que no existen tarifas oficiales, deberá solicitar un presupuesto , ya que éste depende de los m2 de la vivienda y otros factores a valorar.
Para solicitarlo o bien recibir más información al respecto, no dude en ponerse en contacto con nosotros:
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