BichosAvis: la lucha contra el mosquito tigre
Las derramas
¿Qué clase de actuaciones se cubren mediante una derrama?
Tienen como finalidad sufragar el pago de determinados gastos que no estaban previstos en el presupuesto ordinario si surgen una vez comenzado el ejercicio económico.
¿Qué hay que hacer para que se apruebe una derrama?
Las derramas se aprobarán normalmente , por mayoría simple de los propietarios presentes en la junta que, a su vez, representen la mayoría de las cuotas de participación». Esto es así siempre que esa derrama, sea necesaria para la correcta conservación del inmueble o bien para suprimir barreras arquitectónicas . Si se trata de derramas no necesarias, se acordarán «siempre que voten 3/5 partes que representen 3/5 partes de las cuotas de participación, si bien habrán ciertas limitaciones en cuanto al pago de las mismas».
¿Cómo se reparte el pago de la derrama entre los vecinos?
El coeficiente de participación del piso es lo que marca la cantidad que se pagará. Es la relación entre la superficie útil de la vivienda frente a la total del edificio, y es posible consultarla en la escritura de compraventa, pidiendo una nota simple del Registro de la Propiedad o a través de Catastro. Aunque quizá en los estatutos de la finca se haya establecido otra forma de participación, por ejemplo, a partes iguales. En este caso, lo establecido por los estatutos tiene preferencia».
Es vinculante para todos los propietarios. Si algún vecino se niega a pagar ,adquirirá la condición de moroso, sin perjuicio de su derecho a impugnar judicialmente el acuerdo si no está conforme.
Proceso Monitorio
El Proceso Monitorio es un proceso judicial por el cual el acreedor reclama al deudor una deuda dineraria, con un importe determinado, que está vencida y es exigible. Su objetivo es que el titular de determinados créditos dinerarios, obtenga con más rapidez la tutela judicial efectiva, para obtener la satisfacción de los mismos. Es la manera de poder recuperar una deuda de un vecino moroso, aunque primero se recomienda pactar la deuda con el vecino o facilitarle el pago si está pasando dificultades económicas. Lo primero dialogar, pero sino hay más remedio, iniciaremos un proceso Monitorio.
Requisitos técnicos de las viviendas turísticas – Categorías Estándar, Primera y Superior
En el Decreto 92/2009, de 3 de julio y el Decreto 206/2010 del Consell, se aprueba el reglamento regulador de las viviendas turísticas: apartamentos, villas, chalés, bungalows y similares
También, las empresas gestoras, personas jurídicas o físicas, dedicadas a la cesión de uso y disfrute, en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.
*Dormitorios incluidos |
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Tamaño por habitación (min. m2)
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Dotación de la vivienda
Cocina
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Para pedir el texto íntegro sobre la normativa, puede llamar directamente a la Generalitat: 963 986 079
Los edificios ya pueden disfrutar de fotovoltaicas
Ahora ya todos los propietarios de un edificio de viviendas pueden disfrutar de la fotovoltaica. Estaba prohibido hasta hace poco en España pero la sentencia del Tribunal Constitucional del 25 de mayo anuló esta prohibición. Las comunidades de vecinos «podrán instalar plantas solares para generar parte de la electricidad que consumen», aunque tendrán que seguir conectadas a la red eléctrica para poder consumir por la noche o en las horas en que la luz solar no aporta la energía necesaria, «mientras no dispongan de baterías para almacenar la energía no consumida». Aunque no será inmediata, dado que antes será necesario adaptar la legislación e incorporarla a la normativa de las autonomías.
¿Que preocupa a los vecinos?
Un estudio arroja que a los vecinos valencianos les preocupan aspectos como el mantenimiento del edificio (52%); los vecinos molestos (37%); las derramas (42%); la morosidad (32%), y la seguridad (17%).
El estudio de Mutua de Propietarios y la Cátedra de Vivienda desvela además que en los últimos años han surgido nuevos problemas en las comunidades de propietarios de la Comunidad Valenciana que han tenido como origen situaciones antes poco frecuentes, como las viviendas propiedad de bancos o fondos (12%); las viviendas vacías (10%); el alquiler de pisos turísticos (7%) o la okupación (4%).
Los problemas económicos también han ocasionado que un 36% de las comunidades de propietarios valencianos se hayan demorado la realización de reformas en los últimos años por lo que, de cara al futuro, los encuestados señalan que sería necesario acometer obras de mejora en determinadas zonas comunes como el portal (37%), la escalera (39%), la fachada (34%), la azotea (28%) y el ascensor (21%).
Nosotros les ayudamos a resolver sus problemas.
Espais per conviure Cooperativa Valenciana
Tel 602691517
www.espaisperconviure.es
Obligatoriedad Registro de Viviendas Turísticas
Desde el pasado Enero de 2015, una modificación del decreto regulador de las viviendas turísticas en Valencia, estipula la obligatoriedad de todos los alojamientos y propiedades de uso turístico, incluidas las Viviendas Turísticas, pasen a ser registrados en el Registro de Empresas, Establecimientos y Profesiones Turísticas. Una vez obtenido su número de inscripción, ha de ser incluido en todo tipo de publicidad que se haga de la propiedad. Incumplir esta obligación puede acarrear penalizaciones y multas para el propietario y para el canal de publicidad empleado.
¿Quién ha de inscribirse?
La modificación del decreto introduce la obligatoriedad de que TODAS las propiedades estén debidamente registradas, sin excepción. Os recomendamos comenzar el proceso de registro de la propiedad lo antes posible.
Si es propietario o gestiona entre 1 y 4 propiedades, debe registrar cada propiedad de forma individual.
Si gestiona cinco o más propiedades debe registrarse como Empresa. Incluyendo en este caso su número de inscripción general, no un número individual para cada propiedad.
Importante: Aunque es el Decreto 92/2009 el texto legal que regula la actividad de las viviendas turísticas en la Comunidad Valenciana, el Decreto 75/2015 modificó parcialmente algunos artículos. Entre ellos, uno de los más relevantes es la obligación de TODOS los propietarios de registrar la vivienda turística en el Registro de Empresas, Establecimientos y Profesiones Turísticas
Si necesita más información y realizar los trámites de Inscripción, nosotros le ayudamos:
www.espaisperconviure.es
Tel 602691517
Infohabitatge: Información sobre la vivienda de la Generalitat Valenciana
En INFOHABITATGE, el ciudadano encontrará diversos mecanismos: se podrá inscribir en el registro de demandantes y también acceder a toda la información de interés que servirá como guía y asistencia en el proceso para hacer efectivo el derecho a una vivienda con las diferentes soluciones habitacionales que el nuevo marco normativo contempla.
Esta nueva ley, sin precedente hasta la fecha en nuestra Comunidad, representa un verdadero avance histórico en nuestra sociedad, por lo que su puesta en marcha requerirá una labor compleja. Habida cuenta de las distintas funcionalidades que presenta la Ley en INFOHABITATGE se irán incorporando progresivamente los diferentes accesos a los distintos portales de información a medida, en que estos se vayan haciendo efectivos.
Más información: http://www.habitatge.gva.es/ca/web/vivienda-y-calidad-en-la-edificacion/infohabitatge/
El confort del Silencio
La legislación Europea recoge que el límite aceptable para soportar el ruido se marca en 65 decibelios.. Si nos fijamos en los domicilios particulares, casi todas las comunidades autónomas han establecido un máximo de 35 decibelios en el período diurno y 30 en el nocturno.
Sin embargo, una conversación en voz alta puede producir sonido de hasta 45 decibelios.
Una buena insonorización del hogar impedirá sufrir estas molestias originadas por el incesante tráfico de la ciudad, aviones que sobrevuelan un inmueble, trenes que circulan cerca de casa, vecinos que ponen la radio o la televisión a un volumen considerable, etc.
Espais per Conviure
Tel. 602691517