Para que los ciudadanos puedan disfrutar del dividendo digital en forma de nuevos servicios de banda ancha móvil de cuarta generación (4G), es necesario disponer de un conjunto de frecuencias contiguo. En Europa se ha determinado que este conjunto de frecuencias será la banda de 800 MHz (790-862 MHz). En España, en la actualidad, las frecuencias disponibles por el dividendo están esparcidas, y la banda de frecuencias de 800 MHz está ocupada, en parte, por algunos canales de la TDT (canales 61 al 69 de UHF).
La liberación del Dividendo Digital es el proceso de reordenación de frecuencias necesario para que la banda 800 MHz quede disponible en toda Europa. Una vez liberadas las frecuencias, los ciudadanos podrán aprovechar los beneficios del Dividendo Digital. En el caso de comunidades de propietarios, las actuaciones a realizar dependerán del tipo de instalación de recepción de televisión existente en el edificio. Si su sistema es:
• Centralita programable: Tendrá que reprogramar la centralita para el rango de canales afectados por la migración.
• Amplificador monocanal: Tendrá que sustituir los amplificadores de los canales afectados por la liberación del Dividendo Digital.
• Amplificador de banda ancha: no tendrá que realizar ninguna adaptación, solo será necesaria la resintonización de los canales.
En los casos en los que sea necesaria una adaptación, una vez realizada, los propietarios de las viviendas podrán resintonizar sus receptores de televisión.
Benefíciarse de las ayudas del Gobierno
Las ayudas están destinadas a las comunidades de propietarios de un edificio o conjunto de edificios de viviendas sujeto al régimen de propiedad horizontal, y que tuvieran instalado un sistema de antena colectiva basado en monocanales o un sistema basado en una centralita programable, generalmente edificios de más de tres viviendas. Estos sistemas de antena colectiva, sólo permiten la recepción de las frecuencias que se utilizaban hasta ahora. Para recibir las nuevas frecuencias, es necesario el acondicionamiento de las instalaciones. Si este es su caso, el administrador de fincas o el presidente de tu comunidad de propietarios debe llamar a un instalador registrado para realizar las actuaciones necesarias. En aquellas viviendas que dispongan de un sistema de recepción de banda ancha, fundamentalmente viviendas unifamiliares y edificios de menos de tres viviendas, no es necesaria la adaptación, porque este sistema de recepción está ya preparado para recibir todas las frecuencias, las nuevas y las antiguas, sin necesidad de realizar adaptación alguna.
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