Administracion de fincas blog

Una forma distinta de administrar

Como nombrar o cambiar al Administrador

on 11 febrero, 2019

Ahorrar en las ComunidadesDebido al ritmo frenético que nos impone nuestra vida personal y profesional, los vecinos que componen una comunidad no encuentran tiempo necesario para gestionar su propia comunidad, y en muchas ocasiones la figura del Presidente a tiempo parcial no es suficiente.

No es lo mismo llevar los asuntos de una Comunidad compuesta por un bloque de pocas viviendas, que un complejo en el que puede haber más de 75 viviendas, con garajes y trasteros, locales, servicios de portería, piscina, etc…

Por ello con mucha frecuencia, optan por buscar los servicios de un profesional, AJENO a la Comunidad, para que gestione las tareas propias de gestión en colaboración con el Presidente en funciones y vele por los intereses de la Comunidad.

El nombramiento del Administrador lo debe hacer la Junta de Propietarios, necesitando, para ello, la MAYORÍA de los votos que, a la vez, representen la mayoría de las cuotas, de los asistentes a la Junta si se hace en segunda convocatoria.

Se puede cambiar de Administrador de Fincas en cualquier momento de año, pero conviene revisar las pautas de contratación pactadas con el mismo, puesto que el cambio o cese del actual administrador puede conllevar a penalizaciones económicas a la Comunidad.  Normalmente la renovación es anual, debe existir un acta de la Junta aprobando la contratación de los servicios del administrador y la renovación se realizará de manera automática e igualmente existirá un acta que refleje dicha renovación. Existen raros casos en los que esta contratación está regulada bajo contrato, en ese caso, dependerá de lo reflejado en el condicionado del mismo.

 

Para mayor información sobre el proceso puede consultarnos, sin compromiso alguno,

Espais per conviure Cooperativa Valenciana

Tel 602691517

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