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Plan RENHATA

on 19 abril, 2018

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RENHATA COCINAS, BAÑOS Y ACCESIBILIDAD

Plan Renhata para la reforma de cocinas y baños y para adaptar la vivienda a personas con diversidad funcional.

Objeto de las ayudas:

Subvenciones de la GVA a los propietarios o inquilinos para la reforma de su vivienda habitual, para actuaciones sobre los elementos privativos de la misma y dirigidas a la adecuada conservación y mejora de los recintos de cocina y baños, y a la mejora de la accesibilidad en toda la vivienda.

Beneficiarios:

Propietario/a, usufructuario/a o arrendatario/a de la vivienda

Condiciones de la vivienda:

  • Debe ser residencia habitual de su propietario/a, inquilino/a o usufructuario/a.
  • Vivienda anterior a 1998, salvo en caso de personas con diversidad funcional con un grado de discapacidad mayor al 50%.

Condiciones de la reforma:

  • Las obras deberán estar finalizadas antes de efectuar la solicitud de la ayuda.
  • La fecha de finalización de las obras deberá estar entre el 15 de marzo de 2017 y el 10 de julio de 2018.
  • Las obras deben haberse iniciado con posterioridad al 1 de enero de 2017.
  • La actuación contará con las licencias necesarias y requeridas por las administraciones correspondientes.

Criterios de adjudicación de las ayudas:

Mediante concurrencia competitiva. Se valorará la calidad constructiva catastral de la vivienda y el grado de discapacidad del ocupante de la vivienda.

Tramitación y plazos:

  • La tramitación será telemática a través de la página web de la GVA y la realizará un técnico colaborador.
  • PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD DE AYUDA: hasta el 10 de julio de 2018.

Técnico colaborador:

Relación técnicos colaboradores inscritos

  • El solicitante podrá seleccionar al técnico que desee, siempre que esté adherido o se adhiera a la convocatoria.
  • Serán profesionales con la capacidad técnica suficiente para realizar la actividad de supervisar la correcta ejecución de las obras de acuerdo con la normativa vigente de obligado cumplimiento en materia de vivienda. Dichos técnicos tendrán que estar colegiados en su colegio profesional correspondiente.
  • Una vez publicada la orden, los técnicos interesados podrán adherirse a la convocatoria, mediante el trámite telemático que se dispondrá a tal efecto en la web oficial de la GVA. Alta técnico colaborador
  • No está prevista la necesidad de ningún tipo de formación obligatoria específica para los técnicos colaboradores para la tramitación de estas ayudas, ni la adhesión a otras plataformas, que no sea el trámite GVA presentado en el punto anterior.

Normativa:

Descargas:

Enlaces de interés:

Teléfonos de información GVA:

 

 

 


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