Un grave error en la mayoría de las comunidades de vecinos es que la cuenta bancaria esté a nombre del tesorero (administrador en funciones). Para una total transparencia, el administrador solo debe acceder a la cuenta de la comunidad para consultar los movimientos y llevar la contabilidad al día. Pero no deben tener en ningún momento acceso al dinero físico de la comunidad.
Por lo tanto, registrada la comunidad de vecinos con su CIF, debe tener una cuenta bancaria a nombre de la comunidad de propietarios con firma mancomunada, es decir, cuando existen dos titulares de forma que cualquier disposición o movimiento debe realizarse con la firma de ambas personas.
Todos los pagos deben ir domiciliados en la cuenta y los que no se puedan domiciliar deben pagarse mediante transferencia bancaria, nunca con dinero en mano. Siempre solicitar factura de todos los pagos realizados a través de la cuenta bancaria.
Haciéndolo todo de esta manera la comunidad tendrá el control absoluto de los movimientos de la cuenta y tendrán cada vez más fondo de maniobra.
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