¿Quién tiene la obligación y a qué edificios afecta?
Los propietarios de los edificios que reúnan los requisitos que a continuación se indican, tienen la obligación de realizar y presentar en este Ayuntamiento el I.E.E.
¿Qué requisitos se requieren?
Edificios catalogados, es decir, el planeamiento de la ciudad le otorga una especial protección.
Que tengan una antigüedad superior a 50 años.
Edificios cuyos titulares pretendan acogerse a ayudas públicas para acometer obras de conservación, accesibilidad universal o eficiencia energética.
¿Cuál es el objetivo del informe?
Con el Informe de Evaluación del Edificio los propietarios conocen el estado real de las patologías que pudiera tener el edificio, para poder actuar de manera preventiva y evitar deterioros.
¿Quién debe realizar el informe?
El IEE deberá ser realizado por un arquitecto o un arquitecto técnico.
¿Qué contenido ha de tener?
Evaluación del estado de conservación del edificio, al menos deberá describir los desperfectos apreciados en el inmueble, sus posibles causas y las medidas
prioritarias recomendables para asegurar su estabilidad, seguridad, estanqueidad y consolidación estructurales o mantener o rehabilitar sus dependencias en condiciones de habitabilidad.
Evaluación de las condiciones básicas de accesibilidad universal y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización del edificio.
La certificación de la eficiencia energética del edificio.
¿Cada cuántos años se tiene que renovar?
Deberá realizarse al menos cada 10 años.
¿Dónde presentar el informe?
Sede electrónica del Ayuntamiento de Valencia o en los registros municipales.
Para más información dirigirse a:
web municipal.
Sede Electrónica del Ayuntamiento/Trámites
Teléfono Información Municipal 010.
Servicio Disciplina Urbanística.
Edificio Tabacalera
c/ Amadeo de Saboya, nº 11. Patio B-planta primera
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