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Subvenciones para la rehabilitación del plan de vivienda 2013-2016

on 14 julio, 2015

El pasado 5 de Abril se aprobó por el Consejo de Ministros el Plan de Vivienda y Suelo, el cual se publicó cinco días después.  Este Plan introduce un nuevo modelo de política de vivienda que incluye entre otros: el Plan Estatal de Fomento del alquiler de viviendas, rehabilitación, regeneración y renovación urbana 2013-16 y transpone dos directivas europeas sobre certificación de eficiencia energética, así como las ayudas disponibles del IDAE y las líneas de crédito del ICO.

Entre sus objetivos incluye la mejora de la sostenibilidad y eficiencia energética del parque de viviendas. Cabe mencionar además la intención de contribuir a la reactivación y reconversión del sector de la construcción:

¿En qué consisten las ayudas a la rehabilitación energética?

El RD 233/2013, de 5 de Abril, por el que se publica el Plan dedica su Capítulo V a la rehabilitación edificatoria. Este programa tiene por objeto financiar actuaciones de mejora: ejecución de obras y trabajos de mantenimiento e intervención en las intalaciones fijas y equipamiento propio, así como en los elementos y espacios comunes privativos de los edificios residenciales -residencial colectiva.

Actuaciones subvencionables para la mejora de la calidad y la sostenibilidad de los edificios

Una condición para que la actuación resulte subvencionable es que debe incluir al menos una o varias de las tres primeras actuaciones descritas anteriormente. El objetivo es conseguir una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración del edificio de al menos un 30 % respecto de la situación inicial. Para su justificación se podrá utilizar cualquier software reconocido por el Ministerio de Fomento y de Industria, Energía y Turismo.

Beneficiarios Podrán ser beneficiarios de las ayudas:

– las comunidades de propietarios
– las agrupaciones de comunidades de propietarios, o los propietarios únicos de edificios de viviendas.
– para los casos de EXCEPCIÓN por no cumplir los requisitos de admisión, serán beneficiarios las Administraciones Públicas y demás organismos y entidades de derecho público, así como  las empresas públicas y sociedades mercantiles participadas íntegra o mayoritariamente por las Administraciones propietarias de los inmuebles.
– los arrendatarios, cuando lleguen a un acuerdo con el propietario del inmueble, podrán solicitar ayudas. El arrendatario costeará las actuaciones de rehabilitación, a cambio del pago de la renta.
– No serán beneficiarios aquellos que disfruten de ayudas de los programas 5 y 7.

Tipo y cuantía de las subvenciones

Fuente: http://www.certificadosenergeticos.com/subvenciones-rehabilitacion-plan-vivienda-2013-2016


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